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Presidente de Colombia sancionó ley contra el maltrato animal
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hace 7 años, el
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chanEl presidente de Colombia, Juan Manuel Santos Calderón sancionó este miércoles la ley contra el maltrato animal en el país, lo que traduce a que todas aquellas personas que han sido acusadas de realizar este tipo de acción violenta serán castigados con multa y hasta con prisión.
Esta ley busca que los habitantes del país comiencen a ver los animales como seres sintientes y no como objetos o bienes. Esta ley se encarga de modificar el artículo 655 del código civil de tal manera que los animales recibirán una protección especial que combata el sufrimiento y el dolor causado por sus dueños o personas ajenas a ellos.
Las multas irán de 5 hasta 50 salarios mínimos legal vigentes para aquellas personas que incurran en actos dañinos y crueldad en contra de los animales. Así mismo, la pena legal ira desde 12 a 36 meses de prisión incluyendo inhabilidad especial por tres años.
Por otra parte, la ley autoriza a que la policía retenga a los animales que están siendo víctimas de maltrato.
Vea lo contemplado en esta ley
- El artículo 10 de la Ley 84 de 1989 quedará así: Los actos dañinos y de crueldad contra los animales descritos en ley que no causen la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física de conformidad con lo establecido en el título XI-A del Código Penal, serán sancionados con multa de cinco 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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- Artículo 339A. El que maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en prisión de 12 a 36 meses, e inhabilidad especial de 1 a 3 años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de 5 a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Artículo 46A. Retención Preventiva. Cuando se tenga conocimiento o indicio de conductas que constituyan maltrato contra un animal, o que de alguna manera vulnere su bienestar físico, la Policía Nacional y las autoridades policiales competentes podrán aprehender preventivamente, en forma inmediata, y sin que medie orden judicial o administrativa previa, a cualquier animal. Toda denuncia deberá ser atendida como máximo en las siguientes 24 horas.